HIPOTEQUES - LA ILP A SILS !!
A Sils també volem fer la recollida de signatures per
la ILP. Per això demanem ajuda a totes les persones interessades en fer-ho
possible. Si ens vols ajudar posa’t en contacte amb nosaltres a sils.icv.eua@gmail.com
Gracies !!
¿Qué buscamos?
Que, ante una ejecución
hipotecaria, las personas puedan liquidar su deuda con la entrega de la
vivienda y volver a empezar de nuevo. La solución que se propone en la presente
Iniciativa Legislativa Popular es hacer de la dación en pago retroactiva la
fórmula preferente para la resolución de este conflicto: en el caso de que el
bien ejecutado sea la vivienda
habitual, su adjudicación por parte de la entidad financiera
supondrá el pago de la deuda, extinguiéndose totalmente la misma junto con los
intereses y costas. La extinción de la deuda comportará por efecto de la ley la
extinción de cualquier tipo de fianza o aval.
¿Cómo lo haremos?
Hemos impulsado un Iniciativa
Legislativa Popular (ILP) para llevar al Congreso de los Diputados una
modificación de la ley hipotecaria. Para ello, necesitamos recoger más de 500.000 firmas antes del 31
de octubre de 2012 en todo el territorio estatal.
¿Qué propone
exactamente la ILP?
1. Dación
en pago con efectos retroactivos
Se llama dación en
pago al hecho de entregar la vivienda a la entidad financiera con la que se
tiene la hipoteca a cambio de quedar libre de toda deuda.
2. Paralización de los
desahucios
Siempre que se trate
de la vivienda habitual y el impago del préstamo hipotecario sea debido a
motivos ajenos a la propia voluntad.
3. Alquiler Social
El ejecutado tendrá
derecho a seguir residiendo en la vivienda pagando un alquiler no superior al
30% de sus ingresos mensuales por un período de 5 años.
¿Cuándo se puede
empezar a firmar?
Ya se puede firmar en
apoyo a la ILP. Puedes consultar todos los puntos de recogida de firmas
Se recogerán firmas hasta el 31
de octubre de 2012.
¿Dónde se firma?
Las firmas se recogerán en los pliegos de firmas
que habrán sido sellados por la Junta Electoral Central. Cada pliego de firmas
debe estar autentificado por un Fedatario.
Texto recogido web oficial http://www.quenotehipotequenlavida.org/?page_id=63

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